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Agentes del Factoring
Los agentes actuantes en esta operatoria
son los siguientes:
Cliente: Es un proveedor de bienes o servicios,
por los que ha emitido una factura de crédito
o conformada, o ha recibido un cheque de pago diferido,
un pagaré o instrumento de crédito,
cuyos plazos de cobranza oscilan entre los quince
y ciento ochenta días. Estos títulos
de créditos, son los que podrá ceder
con o sin responsabilidad a una empresa especializada
o sociedad de factoring, la cual le adelantará
los fondos y se encargará de cobrarlos a su
vencimiento.
Deudor: Es aquella empresa que ha recibido
los bienes o servicios y está obligada a pagarle
a la empresa especializada o sociedad de factoring,
los títulos de crédito a su vencimiento.
Factor: Es la empresa especializada o sociedad
de factoring que adelantó los fondos al cliente
y que recibirá del deudor, al vencimiento delos
títulos de créditos, las sumas nominales
de los mismos.
El Cliente
y el Factor
Antes de vincularse el cliente con el factor, debe
haber un acuerdo o entendimiento previo entre el cliente
y el deudor cedido, donde el primero expresa su voluntad
de venta y entrega de bienes o servicios y el deudor
cedido, la de aceptación a la recepción
de la cosa en los términos preestablecidos.
Este vínculo puede ser independiente de la
existencia de un factor, siendo ese el caso en que
el cliente asume con sus recursos propios o de terceros
no relacionados directamente a la operatoria que está
por emprender, las condiciones de pago acordadas entre
las partes.
Si existiera la presencia de un factor, en el momento
previo a la concreción del negocio, dicho factor
conociendo la formalización de un posterior
contrato de factoreo con el cliente (cedente), puede
colaborar con él en el análisis crediticio
del deudor cedido conocer la particularidad de la
transacción y fijar un límite de riesgo
a asumir, en concordancia con las necesidades de su
cliente.
De ser ese el caso, la relación formal tiene
comienzo entre el cliente y el factor con la firma
del contrato de factoring, el cual podrá ser
global, individual, o particular.
Es global aquel por el cual el cliente otorga al factor
la administración total de sus cuentas a cobrar.
El individual está referido a un número
determinado de deudores cedidos, y el particular a
una operación específica.
El Factor y el Deudor Cedido
Previo al paso de la firma, el factor
no puede desconocer a la tercera parte de este negocio,
es decir el deudor cedido, de cuyas evaluaciones surgen
los aspectos fundamentales de las cláusulas
del contrato.
Es conveniente recordar que el análisis que
deba efectuar el factor estará sujeto al tipo
de contrato a suscribir, sin omitir el agregado cierto
o eventual de financiamiento.
De la evaluación crediticia y comercial, de
ambas partes, surgirán los términos
contractuales que brinde el factor al cliente.
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