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  Oficina Central
Av. Santa Fé 846, Piso 11 C1059ABP
Ciudad de Buenos Aires
República Argentina
Telefax: (5411) 4313-1235

info@fioritofactoring.com.ar
  Miembro de:
 
International Factors Group
 

Agentes del Factoring

Los agentes actuantes en esta operatoria son los siguientes:

Cliente:
Es un proveedor de bienes o servicios, por los que ha emitido una factura de crédito o conformada, o ha recibido un cheque de pago diferido, un pagaré o instrumento de crédito, cuyos plazos de cobranza oscilan entre los quince y ciento ochenta días. Estos títulos de créditos, son los que podrá ceder con o sin responsabilidad a una empresa especializada o sociedad de factoring, la cual le adelantará los fondos y se encargará de cobrarlos a su vencimiento.

Deudor: Es aquella empresa que ha recibido los bienes o servicios y está obligada a pagarle a la empresa especializada o sociedad de factoring, los títulos de crédito a su vencimiento.

Factor: Es la empresa especializada o sociedad de factoring que adelantó los fondos al cliente y que recibirá del deudor, al vencimiento delos títulos de créditos, las sumas nominales de los mismos.


El Cliente y el Factor

Antes de vincularse el cliente con el factor, debe haber un acuerdo o entendimiento previo entre el cliente y el deudor cedido, donde el primero expresa su voluntad de venta y entrega de bienes o servicios y el deudor cedido, la de aceptación a la recepción de la cosa en los términos preestablecidos.

Este vínculo puede ser independiente de la existencia de un factor, siendo ese el caso en que el cliente asume con sus recursos propios o de terceros no relacionados directamente a la operatoria que está por emprender, las condiciones de pago acordadas entre las partes.

Si existiera la presencia de un factor, en el momento previo a la concreción del negocio, dicho factor conociendo la formalización de un posterior contrato de factoreo con el cliente (cedente), puede colaborar con él en el análisis crediticio del deudor cedido conocer la particularidad de la transacción y fijar un límite de riesgo a asumir, en concordancia con las necesidades de su cliente.

De ser ese el caso, la relación formal tiene comienzo entre el cliente y el factor con la firma del contrato de factoring, el cual podrá ser global, individual, o particular.
Es global aquel por el cual el cliente otorga al factor la administración total de sus cuentas a cobrar. El individual está referido a un número determinado de deudores cedidos, y el particular a una operación específica.


El Factor y el Deudor Cedido

Previo al paso de la firma, el factor no puede desconocer a la tercera parte de este negocio, es decir el deudor cedido, de cuyas evaluaciones surgen los aspectos fundamentales de las cláusulas del contrato.

Es conveniente recordar que el análisis que deba efectuar el factor estará sujeto al tipo de contrato a suscribir, sin omitir el agregado cierto o eventual de financiamiento.
De la evaluación crediticia y comercial, de ambas partes, surgirán los términos contractuales que brinde el factor al cliente.

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